Cotizaciones a la Seguridad Social

¿Qué pasa con mis cotizaciones a la S.Social si trabajo en el extranjero?

Usted, que siempre ha trabajado en España y que tiene acumulada una cantidad de bases cotizadas a la Seguridad Social española, ahora se tiene desplazar a trabajar al extranjero. Vea lo que ha de tener en cuenta si no quiere perder derechos a efectos de su futura prestación por jubilación.

Dentro de una relación laboral, es habitual que existan desplazamientos que hagan que el trabajador tenga que efectuar trabajos o prestar servicios fuera de las fronteras españolas. Esta situación de deslazamiento temporal recogida en nuestro ordenamiento supone una obligación para las empresas españolas que desplazan trabajadores de realizar las preceptivas comunicaciones a la administración de seguridad social y las mutuas.

En previsión de esto, nuestro país tiene suscritos numerosos convenios en materia de Seguridad Social en los que se regulan los derechos de los asegurados españoles en los países de destino durante estos desplazamientos temporales, los cuales mantendrán vigentes todas y cada una de las coberturas de seguridad social.

La prestación de servicios por cuenta de una empresa fuera del ámbito de la Seguridad Social española, por el contrario, sí supone la perdida de derechos frente a la Seguridad Social española y nos exige revisar las relaciones entre nuestro país y el país de destino, y estudiar el funcionamiento de las cotizaciones que el nuevo empleador practique allí para estudiar la posibilidad de acumularlas en un futuro con las practicadas en España previamente.

Como norma general se podrán repatriar las cotizaciones practicadas en los países con los que España tiene suscrito un convenio de colaboración en materia de seguridad social, pero es normal que se presten servicios en países donde bien no existe administración de seguridad social, o esta no comparte datos, en tales casos podríamos solicitar a la seguridad social española el mantenimiento de los derechos de seguridad social mediante un convenio especial.

CONVENIO ESPECIAL

El convenio especial es un acuerdo suscrito voluntariamente por los trabajadores con la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de generar, mantener o ampliar, en determinadas situaciones, el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social. La cotización es a cargo del suscriptor y obligatoria desde la fecha de efectos del Convenio Especial y mientras se mantenga la vigencia del mismo.